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Aprobadas provisionalmente en sesión del día 4 de abril de 2006 las Normas Urbanísticas Municipales de Vadocondes éstas se sometieron a información pública por haberse producido una alteración sustancial de las mismas, y a la vista de los informes sectoriales, alegaciones, sugerencias y alternativas presentados durante el período de información pública, este Ayuntamiento, en virtud de Acuerdo plenario de fecha 21 de abril de 2008, introdujo los cambios que estimó más convenientes respecto de las Normas aprobadas provisionalmente, si bien, dado que dichos cambios no producen una alteración sustancial del instrumento aprobado provisionalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158.3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Real Decreto 22/2004, de 29 de enero), se sustituye la notificación personal de los posibles afectados del siguiente acuerdo, al ser el número indeterminado, por la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Cambios introducidos en el acuerdo plenario de fecha 21 de abril de 2008:

Punto 1.3.3: Se han incluido algunas nuevas dotaciones deportivas. También se menciona la residencia de ancianos.

Punto 2.3.3: Se ha corregido reflejando los sectores y unidades de normalización previstos. También se alude a la necesidad de estudios de detalle en la ordenanza 3.

Punto 2.5.1: Se ha modificado completamente la redacción de este punto, remitiendo a la legislación vigente y reflejando sólo los aspectos más importantes.

Punto 2.5.3: Se ha incluido en este punto lo reflejado en el informe que en su día emitió la Confederación Hidrográfica del Duero.

Punto 5.6.2: Se ha regulado el uso del espacio bajo cubierta y sus condiciones de habitabilidad, la altura máxima de la edificación y los huecos en fachada situados por encima del forjado de techo de la planta piso.

Punto 5.6.3: Se ha regulado el uso del espacio bajo cubierta y sus condiciones de habitabilidad, la altura máxima de la edificación y los huecos en fachada situados por encima del forjado de techo de la planta piso. También se han modificado los parámetros que regulan la parcela mínima, frente, edificabilidad, ocupación y retranqueos a fachada o linderos.

Punto 5.6.8: Se han eliminado sectores de suelo urbano no consolidado. Se ha modificado el plazo para establecer la ordenación detallada y el tipo de aprobación con que ha de contar el estudio de detalle. También se han introducido obligaciones en el desarrollo del sector 2.Respecto de los sistemas de gestión, se alude simplemente a los previstos en la Ley.

Punto 5.7.1: Construcciones permitidas por encima de la altura. Contempla el aprovechamiento de espacios bajo cubierta.

Punto 5.7.1: Se han introducido dos nuevos puntos para regular el impacto de los colectores solares y las unidades exteriores de los sistemas de refrigeración y/o climatización.

Punto 5.7.1: Cerramientos. Se ha dado una redacción más clara.

Punto 5.7.2: Se han regulado las buhardillas, huecos en cubierta y terrazas.

Punto 5.7.2: Construcciones permitidas por encima de la altura. Contempla el aprovechamiento de espacios bajo cubierta. Respecto de huecos en cubierta y terrazas, en este punto, la Normativa deja mayor margen de libertad en la Ordenanza 3.

Punto 5.9.3: Cerramiento de parcelas. Se le ha dado una redacción más clara.

Capítulo 9. Se le ha dado una nueva redacción teniendo en cuenta lo requerido en el informe de la Comisión de Patrimonio Cultural. En particular, se aclara que las Normas servirán, junto con el catálogo, de instrumento de protección del Conjunto Histórico, se aportan los elementos de la morfología urbana a conservar o potenciar, se han redefinido los tipos de obras permitidas, se ha ampliado la definición de las categorías de protección y se han señalado los bienes declarados o incoados como Bien de Interés Cultural.
ANEXOS.


Se incluye el inventario de bienes del patrimonio arqueológico y las normas para su protección.

Se ha modificado el catálogo, aportando un nuevo modelo de ficha y detallando tanto las acciones de mejora y conservación como la regulación. También se han incluido nuevas fichas correspondientes al pilón, Picota, estatua de D. Prudencio Ortego, etc, así como los escudos de la puerta de la muralla y de la Casa del Cura. También se ha incluido la información contenida en las fichas del inventario del Patrimonio Arquitectónico de Interés Histórico Artístico.

Se ha corregido el inventario de ruinas, según las indicaciones de esta Corporación. PLANOS.

Se aporta un nuevo plano, el 3 C, de usos y estado de la edificación en suelo rústico.

Los planos 3 se han corregido de acuerdo con las modificaciones realizadas en el inventario de ruinas.

El plano 4 se ha corregido de acuerdo con las modificaciones realizadas en el catálogo. También contiene la delimitación del Casco Histórico, el entorno de protección, al entorno de protección del casco y el entorno de protección del rollo jurisdiccional.

En los planos 5 se han eliminado varios sectores reduciéndolos a tres. También se han añadido dos nuevas unidades de normalización de fincas. Se han incluido los elementos del patrimonio arqueológico, se han incluido las líneas de defensa de las márgenes de la N-122 y se han señalado diversos elementos singulares del mun
icipio-pilón, picota, espacios deportivos del frontón, etc.

Los planos 6 se han adaptado a lo que se ha modificado en los planos 5.

Se ha modificado el plano 7 una zona en el cuadrante nororiental del municipio, clasificándola como suelo rústico.

Vadocondes, 12 de febrero de 2010. - El Alcalde, Fdo.: F co.J osé N úñez L aNga  - 7520824.pdf

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